SBC Outsourcing

SBC Outsourcing Centro Especial de Empleo, nace con la finalidad de asesorar y cubrir las necesidades de las entidades públicas o privadas en lo referente al cumplimiento de la legíslación actual en materia de inserción de trabajadores discapacitados.

Avalada por profesionales con más de doce años de experiencia en el sector, la convierte en una alternativa ágil y eficaz a la normalización de las entidades con respecto al cumplimiento de la legislación vigente en materia social.

Grupo Sabico

El Grupo Sabico es una corporación empresarial vigorosa con más de dieciocho años de experiencia.

Con 17 delegaciones por toda España y mas de 1000 empleados, es una de las empresas mas grandes del sector servicios de nuestro pais.

¿Qué es un Centro Especial de Empleo (C.E.E)?

Un Centro Especial de Empleo es una entidad, con o sin animo de lucro, cuya característica esencial es la composición de su plantilla, conformada en mas de un 70% por trabajadores discapacitados.

Es requisito fundamental de este, el contar con la calificación, otorgada por la Comunidad Autónoma correspondiente, que la autoriza a realizar su actividad dentro del marco normativo existente.

Ventajas de contratar un C.E.E.

Las ventajas de contratar con un C.E.E. las podemos dividir en dos grandes grupos, sociales y económicas:

Ventajas Sociales

  • Cumplimiento de la legislación vigente en materia de Inserción Laboral de trabjadores discapacitados.
  • Mejora de la imagen de la empresa, tanto exterior como interiormente. La imagen de las empresas comprometidas socialmente favorece el clima de trabajo y las relaciones comerciales con otras entidades.

Ventajas Económicas

  • La repercusión de las Ayudas y subenciones percibidas por los Organismos Autonómicos se reflejan en el precio final del servicio, llegando a una rebaja sobre el importe del servicio, por parte de una empresa odinaria, entorno al 10%.
  • La incorporación del personal discapacitado durante el periodo de ejecución del servicio, permite, en la mayoria de los casos, congelar los precios, produciendose el ahorro correspondiente al incremento anual del IPC.
  • A la hora de presentarse a licitaciones públicas, aquellas entidades que tengan cubierta la cuota del 2%, puntuan sobre las que no lo tienen.
  • El echo de cumplir con esta obligación exime de la ejecución de las garantias definitivas, depositadas a la ajudicación del servicio, por incumplimiento de la Declaración Responsable acerca de la inserción de trabajadores discapacitados, que figura en la gran mayoria de los pliegos de prescripciones administrativas.